"Las personalidades son como cuadros impresionistas. A cierta distancia, cada persona parece hecha de una pieza; desde más cerca, constituye un desconcertante entramado de estados de ánimo, cogniciones e intenciones" (Theodore Millon)



escríbenos a psicologiaycriminologia@gmail.com


martes, 2 de agosto de 2011

MODIFICACIONES LEGALES EN MÉXICO PARA LUCHAR CONTRA LOS FEMICIDIOS

La capital mexicana tipifica el feminicidio en su Código Penal

(ver noticia ElPaís.com 27-07-2011)


Los asesinatos de mujeres por motivos de género estarán castigados con una pena de hasta 60 años de cárcel.



FEMICIDIO COMO ASESINATO POR RAZONES DE GÉNERO: La definición incluye aquellos casos en que "se le hayan infringido (a la mujer) lesiones infamantes y degradantes, así como mutilaciones previas o posteriores a la privación de la vida", explica el comunicado oficial del Gobierno de la capital. Además, la existencia de "amenazas, acoso, violencia o lesiones" o el hecho de que el cuerpo de la víctima "sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público" también conlleva la consideración de homicidio por razón de género. Otro factor determinante será la existencia de alguna relación sentimental con la víctima, afectiva o de confianza, de parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad, que supondrá un aumento de la pena.


NUEVO PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN: El Código de Procedimientos Penales incluye dos nuevos artículos: el 105 bis y 105 ter, los cuales precisan que la investigación pericial, ministerial y policial por el delito de feminicidio se realizará conforme a los parámetros establecidos en los protocolos y que en la investigación por feminicidio deberá conservarse un registro fotográfico de la víctima, como la descripción de sus lesiones, objetos y vestimenta con que haya sido encontrada.

Así también precisa que deberán aplicarse estudios de ADN a la víctima que no sea identificada o reconocida. Todos esos registros serán integrados en un Banco de Datos de Información Genética, mismo que estará a cargo de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF).

[…]

El siguiente paso es que la PGJDF y el Tribunal Superior de Justicia elaboren en 90 días naturales el protocolo de investigación pericial, ministerial y policial del delito de feminicidio, así como los convenios generales y específicos que se requieran.


RELACIONADO:


No hay comentarios: